Nunca será excesivo, pero ya hemos hablado de Santo Tomás y de su preeminencia por encima de todos los doctores de la Iglesia en estos XX siglos (ver el post aquí); así que, aquí solo nos limitamos a exponer un artículo de la Suma Teológica “sin más”, para que, además de aprovechar lo que nos enseña, le perdamos el miedo a aquel libro que tuvo el honor de ocupar un puesto al lado de la Sagrada Escritura en el Concilio de Trento, como podemos ver en esta foto que acompaña a este párrafo :).
Para mayor comprensión, lo único que cambiaré del artículo es el orden: Santo Tomás, como solía hacerse en su tiempo, pone primero las objeciones al tema a tratar, luego da la doctrina -con un primer argumento de autoridad- y, finalmente, da las respuestas a las objeciones. El cambio que haré será solamente que pondré las objeciones inmediatamente antes de las respuestas a las mismas (nuestra memoria moderna es más cortoplacista).
Cada uno deberá sacar las consecuencias para su propia vida, en estos tiempos de apostasías…
Lugar en la Suma en el que está el artículo: II-II, 3, 2: Empezando de atrás para adelante sería, artículo 2 de la cuestión 3 de la segunda parte (II), de la segunda parte (II); es decir, la segunda parte, como es la más larga, se ha dividido en dos: primera y segunda. Cuando corresponde a la primera parte de la segunda, se indica así I-II. Suena un poco complicado al principio, pero es muy sencillo.
Nuestra filosofía y teología es lo más racional y entendible que existe en el planeta y en la historia de la humanidad, por ser el reflejo directo de la Verdad (es decir, lo revelado por Dios directamente) y el esfuerzo humano, en tratar de entender –hasta donde se puede– esa verdad revelada; eso es justamente hacer teología, utilizando lo más encumbrado –y elevándolo– del pensamiento humano, es decir, la mejor filosofía.
Es así como Santo Tomás tomó todo lo mejor de la filosofía griega –y de todas las filosofías de entonces–, lo purificó y lo elevó con su carisma teológico único e irrepetible. Incluso se atrevió a utilizar la filosofía de Aristóteles, considerado un pagano hereje en ese tiempo. Ahora bien, ya que estamos cabe aclarar, como alguien dijo por ahí, que usa cosa es bautizar a un pagano –como hizo el Aquinate con Aristóteles– y otra hacerlo a un apóstata, como hizo Karl Rahner con Hegel. De lo primero sale una claridad única, de lo segundo un intrincado «razonamiento» que no se entiende ni en su propio idioma; por algo, irónicamente, el hermano de Karl, Hugo Rahner, también jesuita pero hasta donde entiendo más católico –o quizás, mejor decir: católico– decía irónicamente que iba a traducir los textos de su hermano al alemán, que era la lengua en la cual estaban escritos. Es que el error no se puede presentar “de frente”…
Y con perdón de la larga introducción: tómese como una confesión de fe…
Los dejo, nomás, en las mejores, manos, las del Angélico Doctor. A los no avezados en la teología (moral, en este caso) les será de utilidad lo resaltado en negrita: eso es lo que tenemos que tener en cuenta para obrar vituosamente.
¿Es necesaria la confesión de fe para la salvación? (Suma Teológica II-II, 3, 2)
Como argumento de autoridad están las palabras del apóstol: Con el corazón se cree para la justicia, y con la boca se confiesa para la salvación (Rom 10,10).
Respuesta: lo necesario para la salvación cae bajo precepto de la ley divina. Pues bien, como la confesión de fe es algo afirmativo, no puede sino caer bajo un precepto afirmativo[1]. De ahí que haya que considerarla entre las cosas necesarias para la salvación, de la misma manera que se consideran las cosas que caen bajo un precepto afirmativo de la ley divina. Ahora bien, los preceptos positivos, hemos expuesto (1-2 q.71 a.5 ad 3; q.100 a.10), no obligan en todo momento. Es decir, aunque obliguen siempre, obligan, sin embargo, según el lugar, tiempo y demás circunstancias que limitan el acto humano para que sea virtuoso.
En consecuencia, para salvarse no es necesario confesar la fe ni siempre ni en todo lugar, sino en lugares y tiempos determinados, es decir, cuando por omisión de la fe se sustrajera el honor debido a Dios o la utilidad que se debe prestar al prójimo; por ejemplo, si uno, interrogado sobre su fe, callase y de ello se dedujera o que no tiene fe o que no es verdadera; o que otros, por su silencio, se alejaran de ella. En casos como éstos la confesión de fe es necesaria para la salvación.
Objeciones
- Un mismo acto no pertenece a diversas virtudes. Pero la confesión pertenece a la penitencia, pues es parte de ella. No es, pues, acto de la fe.
Respuesta: hay tres formas de confesión ensalzadas en la Escritura. Primera: la confesión de las cosas que son de fe, y ésta es acto suyo propio, por estar relacionado, como acabamos de decir, con su fin. Segunda: la acción de gracias o de alabanza, que es el acto latréutico. Tiene por fin honrar externamente a Dios, que es el fin del culto de latría. Tercera: la confesión de los pecados. Está ordenada a borrar los pecados, fin de la penitencia, y por eso pertenece a la penitencia.
- El hombre se retrae alguna vez de confesar la fe por temor o también por vergüenza. Por eso pide el Apóstol que rueguen por él para que pueda dar a conocer con valentía el misterio del Evangelio (Ef 6,19). Ahora bien, el hecho de no desistir de hacer el bien por vergüenza o por temor incumbe a la fortaleza, que modera la audacia y el pavor. Luego parece que la confesión no es acto de la fe, sino más bien de la fortaleza o de la constancia.
Respuesta: la causa que quita o remueve impedimentos no es causa propia, sino accidental, como prueba el Filósofo en VIII Phys.2 Por eso, la fortaleza que quita los obstáculos a la confesión de fe, es decir, el temor o la vergüenza, no constituye su causa propia y directa; es como causa accidental.
- Además, del mismo modo que la fe fervorosa incita al hombre a confesarla exteriormente, le incita también a hacer otras obras buenas exteriores, según el testimonio del Apóstol: La fe actúa por la caridad (Gal 5,6). Pero hay actos exteriores que no figuran como actos de fe. Por lo tanto, tampoco la confesión.
Respuesta: la fe interna causa por la caridad todos los actos exteriores de las virtudes, no como elícitos, sino como imperados: los realiza mediante estas otras virtudes. La confesión, en cambio, la realiza como acto propio, sin mediación de ninguna otra virtud.
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¡A confesar nuestra fe, aunque en eso se nos vaya la vida!
Ave María y adelante!
[1] Está hablando aquí Santo Tomás de la distinción de los preceptos “negativos” o “prohibitivos”, los cuales obligan siempre y en toda circunstancia (por ej. nunca y bajo ninguna circunstancia será lícito matar al inocente); y los preceptos “positivos” o “afirmativos”, que no prohíben hacer algo sino que mandan hacerlo; estos, a diferencia de aquellos, no obligan siempre y en toda circunstancia, como es el caso de la confesión de la fe.