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La defensa del bien común exige a veces el recurso al terrible azote de la guerra. Vamos a examinar brevemente su naturaleza y las condiciones para su licitud.

1. Naturaleza de la guerra.

Recibe el nombre de guerra la lucha violenta entre dos o más naciones para hacer prevalecer sus derechos o repararlos una vez conculcados.

Según el aspecto que revista y la manera de emprenderla, la guerra recibe diversos nombres. Y así se llama:

  1. OFENSIVA, cuando una nación o un grupo de naciones toman la iniciativa de las hostilidades.
  2. DEFENSIVA, cuando se recurre a la fuerza armada para rechazar el ataque del enemigo.
  3. PREVENTIVA, cuando se la emprende como una defensa anticipada de la agresión que se espera recibir del adversario. En realidad, es una guerra ofensiva disfrazada de defensiva.
  4. DE INTERVENCIÓN, cuando una nación, neutral al principio de la guerra, se decide por uno de los bandos beligerantes y le presta su concurso armado.

Cualquiera que sea su naturaleza, la guerra representa siempre una gran catástrofe y un terrible azote para la humanidad. Son inmensas las ruinas físicas y morales que acumulan las guerras, sobre todo con los modernos y espantosos medios de destrucción. Su mera posibilidad es un baldón para la humanidad entera, pues revela el bajísimo nivel que alcanza la moralidad entre los hombres, ya que no aciertan a resolver sus diferencias por la vía noble y elevada de la moral y del derecho, sino empleando la fuerza bruta, más propia de las fieras y animales salvajes que de seres inteligentes y libres. Con todo, dada la maldad de los hombres, la guerra se impone a veces como una verdadera necesidad, a fin de impedir que la injusticia y el atropello se apoderen impunemente del mundo, haciendo imposible la vida del hombre sobre la tierra. Pero jamás puede recurrirse a ella sino después de haber agotado todos los medios pacíficos: negociaciones diplomáticas, arbitraje de una nación neutral, intervención de un organismo internacional, etc., etc.

2. Condiciones para su licitud.

Para que una guerra pueda ser lícita y mantenerse dentro de los límites de la moral ha de reunir un conjunto de condiciones que se refieren a su declaración, a su desarrollo y a su conclusión. Helas aquí brevemente. expuestas.

a) En su declaración

Nos referimos, naturalmente, a una guerra ofensiva,ya que la meramente defensiva no crea dificultad alguna en lo relativo a entrar en ella. Una nación injustamente atacada tiene el derecho natural de legítima defensa, lo mismo que los individuos particulares ante un injusto agresor. Según el Doctor Angélico, para que la declaración de guerra sea lícita se requieren tres condiciones fundamentales: autoridad legítima, justa causa y recta intención.

1º. Autoridad Legítima, Sólo la autoridad pública, legítima y soberana tiene la misión y el encargo de defender y promover los intereses del bien común; luego sólo a ella le corresponde declarar la guerra cuando la exija inevitablemente el interés del cuerpo social que preside.

La guerra jamás debe declararse sin que la preceda un ultimátum, con declaración de guerra condicional dentro de un plazo determinado, para dar al adversario una última oportunidad de llegar a un acuerdo pacífico.

2º Justa Causa, o sea, la defensa o restauración del derecho injustamente violado, cuando no pueda conseguirse por medios pacíficos. Francisco de Vitoria escribe que «el fundamento de una guerra justa es una injusticia … No hay más que una razón justa de hacer la guerra: la injusticia sufrida»

Ténganse en cuenta las siguientes observaciones:

  1. Es imposible objetivamente que los dos bandos beligerantes tengan causa justa para la guerra: uno de los dos es injusto, cuando no lo son los dos. Pero cabe el error de buena fe que haga creer a ambos beligerantes que tienen razón justa para la guerra.
  2. La justicia puede cambiar de lado en el curso de las negociaciones preliminares; si, por ejemplo, un Estado justamente ofendido rechaza los ofrecimientos razonables de reparación.
  3. El Estado que ha violado los derechos esenciales de otro Estado y no quiere restaurarlos, no puede invocar, si es atacado, el derecho de legítima defensa.
  4. Quien duda de la justicia de su causa no tiene derecho a declarar la guerra.

Nótese, sobre todo, que, para que sea enteramente justa, la causa ha de ser proporcionada a los males terribles que ocasiona la guerra. Es necesario considerar, detrás de la injusticia particular, el orden de la justicia universal violado en ella. El fin de la guerra es la paz y seguridad públicas, no sólo del Estado lesionado, sino del mundo entero. De suerte que una guerra justa por razón de la injusticia que la ocasiona, puede hacerse injusta por razón de sus terribles repercusiones, más o menos previstas, sobre el bien común del Estado que la emprende o sobre el bien común de la humanidad entera*. Este último exigirá muchas veces renunciar a la reivindicación estricta de los propios derechos a fin de evitarle al mundo los desastres espantosos de una guerra.

«La guerra como solución de los conflictos internacionales está superada*, declara Pío XII. Los medios utilizados para hacer la guerra moderna aparecen a la vez inmorales y desproporcionados con relación a la causa que quieren defender. Tal es el pensamiento del cardenal Ottaviani en su Tratado dederecho público eclesiástico: *En lo que concierne al hecho de hacer una guerra, hoy nunca se pueden reunir las condiciones que teóricamente podrían hacer una guerra justa y lícita. Además, es necesario añadir que nunca puede haber causa de una naturaleza o de una importancia tal que pueda ser considerada como proporcionada a tantos males, matanzas, destrucciones y a una ruina tal de valores morales y religiosos. Así, pues, nunca estará permitido enla práctica declarar una guerra; de la misma manera, no se podrá emprender una guerra defensiva a no ser que la autoridad legítima a la que pertenece decidir posea, junto con la certeza de la victoria, argumentos seguros que demuestren que el bien procurado al pueblo por estaguerra defensiva es superior a los males inmensos que resultarán de esta guerra para este mismo pueblo y para la tierra entera».

3º Recta intención, o sea, que se intente únicamente el bien común y el restablecimiento de la justicia. Jamás es lícito declarar la guerra por odio, venganza, alarde de fuerza, afán de dominar al adversario, expansión colonial o económica o por cualquier otro motivo tan vil y bastardo como éstos.

Las condiciones que acabamos de enunciar son todas de orden objetivo y consideradas las cosas en teoría o en abstracto. En la práctica, dadas las características da la guerra moderna—en la que, inevitablemente, los daños que acarrea son siempre incomparablemente mayores que los bienes que defiende—, es casi imposible que puedan reunirse juntamente. De donde hay que concluir que la guerra moderna—ano ser la estrictamente defensiva—es prdcticamente injusta e inmoral.

b) En su desarrollo

En el desarrollo de la guerra, los beligerantes deben observar estrictamente los postulados del derecho natural y del derecho de gentes y las normas establecidas por las costumbres, tratados o convenios internacionales.

Cuando una de las partes en guerra viola estas leyes fundamentales, no puede la otra aplicar la ley del talión («ojo por ojo y diente por diente»), a no ser que los actos de represalia no sean contrarios al derecho natural o a las leyes positivas del derecho de gentes.

Están expresamente prohibidos en todo caso:

  1. Los actos intrínsecamente malos: traiciones, asesinatos, violaciones de los pactos previos (v.gr., sobre el no empleo de determinadas armas especialmente dañosas), etc.
  2. Los malos tratos y crueldades con los prisioneros, los procedimientos bárbaros, los bombardeos en masa de ciudades abiertas con toda su población civil dentro, etc.
  3. El empleo de los medios modernos de destrucción total, tales como los gases asfixiantes, la guerra bacteriológica y la bomba atómica arrojada sobre ciudades habitadas por la población civil no combatiente, que constituyen verdaderos crímenes de lesa humanidad, como han declarado los últimos Pontífices Benedicto XV, Pío XI y Pío XII.
  4. Es un crimen matar o herir a quienes se rinden sin condiciones. Y es una monstruosidad, contraria al derecho natural, hacer participar a los prisioneros en operaciones o trabajos de guerra dirigidos contra su país.
  5. Es inmoral declarar que no se dará cuartel. Podría, sin embargo, considerarse como un acto de legítima defensa el negarse a acoger un gesto de rendición del que el enemigo hubiera ya abusado reiteradamente para. sorprender la buena fe.
  6. Durante la lucha pueden ser destruidos, si es necesario, los edificigs militares o refugios ocasionales que el enemigo utilice, sin tener en cuenta los derechos de sus legítimos propietarios. Pero deben respetarse, en la mes dida de lo posible, los que nada tengan que ver con la guerra: iglesias, hospitales, bibliotecas, monumentos históricos, etc.
  7. Durante la ocupación son ilegítimas toda clase de destrucciones inútiles; debe respetarse la vida y libertad de los ciudadanos, así como sus bienes particulares; el ocupante ha de asegurar el orden y la vida pública, el ejercicio del culto religioso, la pacífica convivencia entre vencedores y vencidos. Estos últimos están obligados a una sumisión exterior a la autoridad ocupante y no tienen derecho a dedicarse a actos de violencia contra el ejército o la administración. El ocupante no tiene derecho a las deportaciones ni a la evacuación forzada de las poblaciones civiles; es legítima la resistencia pública y privada a tales medidas injustas.

Los impuestos deben servir a su destino normal. Las requisas en especie deberán ser indemnizadas, lo mismo que los servicios que se exijan a los ciudadanos no combatientes. Nadie tiene derecho a entregarse al saqueo o al pillaje, que constituye una injusticia manifiesta. Los mismos bienes públicos del Estado ocupado han de administrarse rectamente, no pudiendo incautarse de ellos a no ser en concepto de indemnización por los daños injustamente recibidos de él y en la medida o proporción de los mismos y no más.

c) En su conclusión

Aunque, según la justicia y el derecho, la victoria debería ser para el beligerante que tenga razón, de hecho suele ser para el más fuerte. Por eso hay que examinar las dos hipótesis.

1ª. SI VENCE EL QUE TENÍA RAZÓN, tiene derecho a imponer al vencido, sin crueldad:

  1. Por los fines de la guerra, la reparación del derecho injustamente violado, o sea la totalidad de los daños o gastos que injustamente le ha causado. Pero estas exigencias del derecho estricto deben ser atenuadas por las necesidades del bien común, de la justicia social y de la caridad, que impiden gravar a un Estado más allá de sus posibilidades físicas o morales. Es verdad que se puede escalonar el pago de los daños en plazos prudenciales o anexionarse una porción de territorio o alguna de sus colonias; pero estas medidas resultan contraproducentes en la práctica, puesto que prolongan el odio en el vencido y preparan a la larga una nueva hecatombe vindicativa.
  2. Para asegurar la paz e impedir una nueva agresión, puede desarmar al enemigo, desmantelar sus fábricas de guerra, reducir su potencial industrial relacionado con la guerra (v.gr., sobre el acero) y otras medidas semejantes. Pero no sería lícito arruinar de tal manera la economía de la nación vencida, que le fuera prácticamente imposible su resurgimiento material o su existencia como pueblo libre.

2ª SI VENCE EL INJUSTO AGRESOR, su victoria por la fuerza no le confiere ningún derecho ante la justicia y la moral. Pero para no agravar los males y aumentar inútilmente los sufrimientos del pueblo, el vencido debe soportar el tratado de paz en las condiciones que quiera imponerle el vencedor y trabajar más tarde en hacer valer sus derechos y exigir la restitución de sus bienes o territorios, no por una nueva guerra, sino recurriendo a una. autoridad internacional (actualmente la O. N. U.) cuando esté en situación de hacerse escuchar por todas las naciones.

Escolio: Actitud de las naciones no beligerantes ante un conflicto internacional.

Caben dos posibilidades: intervención o neutralidad.

1ª. LA INTERVENCIÓN debe regirse por los siguientes principios:

  • Sólo es lícito en favor del beligerante justo.
  • A veces es obligatoria:
    1. En estricta justicia, si existe un pacto o tratado válido que vincula al beligerante justo.
    2. Por justicia social y caridad, si se trata de una nación débil a la que se debe socorrer para impedir el triunfo de la injusticia y un grave desorden internacional.

2ª. LA NEUTRALIDAD puede ser perpetua, si la establecen las leyes internas del Estado, y circunstancial, si obedece a una declaración hecha al abrirse las hostilidades. Esta declaración, de suyo, hace obligatoria la neutralidad; pero no puede prevalecer contra una obligación de intervenir impuesta por la justicia o la caridad.

El Estado neutral tiene derecho al respeto de su independencia y neutralidad, al libre ejercicio del comercio internacional y a la inviolabilidad absoluta de su territorio y de su espacio aéreo. Y, a su vez, tiene el deber de abstenerse de toda participación directa o indirecta en el conflicto, practicando una rigurosa imparcialidad, negándose a proporcionar armas o municiones a los beligerantes y garantizándoles un trato de absoluta igualdad.

Si la Organización de las Naciones Unidas movilizara la acción represiva de todos los Estados contra una guerra injusta, la ley de solidaridad internacional obligaría a tomar parte en el conflicto haciendo ilícita la actitud neutral.

 

(Teología Moral para Seglares, Royo Marín Antonio, BAC)

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Comentarios 5

  1. Queridos hermanos en la,Fe.
    Para mi la guerra…es guerra…es muerte de inocentes, deambos lados,pues todos somos hermanos en la Santisima Eucaristía y Trinidad…pido perdón, si ofendo a alguien.Nada más lejos que eso…La guerra,no tiene excusas, al fin y al cabo es muerte,física,psicológica,miedo,terror…y porque ,No decirlo,SENSACION DE ABANDONO…
    QUE LA VÍRGEN MARÍA nuestra madre nos proteja con su manto,de Madre.
    Saludo a los misioneros y misioneras de la Orden que sea,por su valiosa entrega y no abandonar a nuestros hermanos.
    Que reine la humildad,la cordura,tolerancia y el respeto por la Verdad el Camino y la VIDA…Oremos unos por otros .gracias

    • Natacha dice:

      Nada, nada justifica una guerra, ésto solo debe causarlo unas mentes enfermas, alejadas totalmente de los caminos y deseos de Dios.
      Unamos fuerzas y Oremos a cada momento, para que la guerra por un pedazo de tierra que Putin a creado, pare!!! y Ucrania sea nuevamente bendecida 🙏🙇‍♀️

    • Jose Luis Valdez dice:

      Disculpen los que opinan solo con el corazón sobre lo terrible de una guerra.la realidad es la realidad..las guerras existen y santo Tomás define lo que es una guerra justa .a eso apunta este aporte

  2. Diana dice:

    Una definición muy acertada pero incumplida ;de todas maneras una guerra no se justifica dado el sufrimiento que que ésta trae , por la forma que hoy en dia es conducida sólo hay perdedores

  3. Rosa Silvia Govea dice:

    Totalmente de acuerdo: Nada justifica una guerra.

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